FERNANDEZ SILVA FEDERICO DIEGO Y OTRO/A C/ DIRECCION GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION DE LA PROVINCIA DE BS AS S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
La sentencia regula los honorarios de los abogados por trabajos extrajudiciales en un proceso contencioso administrativo, confirmando la procedencia de la regulación y estableciendo los montos a cargo de la demandada. La decisión argumenta que la labor fue exitosa y que la regulación debe ajustarse a la ley y a la razonabilidad de los honorarios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demanda fue promovida por Federico Diego Fernandez Silva y Facundo Alfredo Loureyro para regular honorarios por tareas extrajudiciales relacionadas con un proceso ante la Comisión Médica n°374 de Lomas de Zamora, en el marco de la ley 24557 y modificatorias. La parte demandada, representada por el Dr. Gonzalez Alejandro Saul, manifestó conformidad con la solicitud y solicitó la aplicación del art. 10 pinto II inciso 10 de la ley 14967. El tribunal consideró que las labores realizadas fueron de significativa trascendencia, exitosas y necesarias, ya que el profesional acudió a la judicialización del pedido sin justificación alguna para evitar el trámite judicial. Se valoró que los honorarios extrajudiciales deben incluir todas las gestiones del profesional, independientemente del resultado obtenido, y que en este caso, la regulación es razonable y proporcional al trabajo realizado. La sentencia fijó los honorarios en un 10% del monto de $3.875.202,89, lo que equivale a $387.520, a distribuir en partes iguales entre los profesionales. Se rechazó el pedido de aplicar la ley 13.767 y se declaró la inconstitucionalidad del mínimo en la ley 14.967, regulando los honorarios en base a 1 jus arancelario, equivalente a $42.212.
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