BARRIONUEVO TELMO NORBERTO C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES - MINISTERIO DE SEGURIDAD S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO
La sentencia reconoce el derecho del actor al pago de días de licencia anual no usufructuada, invalidando artículos reglamentarios inconstitucionales, y ordena el pago con intereses. La Cámara confirma la decisión judicial por considerar que la normativa reglamentaria vulnera derechos constitucionales y principios laborales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, TELMO NORBERTO BARRIONUEVO, demanda a la Provincia de Buenos Aires
- Ministerio de Seguridad, reclamando el pago de días de licencias anuales no gozadas y no incluidos en la liquidación, tras su retiro. La Fiscalía de Estado argumenta que la acción resulta improcedente, basándose en normativa reglamentaria y en la prescripción. La sentencia analiza la normativa aplicable, en especial la ley 13.982, el decreto 1050/09 y la ley 387/2023, concluyendo que la limitación temporal del artículo 44 del decreto 1050/09, modificada por el decreto 387/2023, vulnera derechos constitucionales y principios de irrenunciabilidad y progresividad del derecho al descanso. Se destaca que la finalidad del descanso anual es la recuperación física y moral del trabajador, y que la normativa reglamentaria no justifica la restricción impuesta, además de que la limitación retroactiva resulta arbitraria y en abierta contradicción con la Constitución provincial y nacional. La sentencia señala que la normativa reglamentaria, en particular los artículos 3° y 4° del decreto 387/2023, son inconstitucionales, y ordena el pago de las sumas devengadas, con intereses y actualización. Se reconoce además el carácter interruptivo de la prescripción por las sucesivas solicitudes de licencia denegadas por razones de servicio.
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