AVILA NORMA NOEMI Y OTROS C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES-VIALIDAD S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO
La Cámara de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo confirmó el reconocimiento del derecho de los actores a que se liquide y pague la bonificación por antigüedad del 3%, considerando inconstitucionales las leyes y decretos que redujeron ese porcentaje, y ordenó su pago retroactivo con intereses.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- Quienes demandan (los actores) reclaman el reconocimiento del derecho a percibir la bonificación por antigüedad del 3% por todos los años de servicios laborales, retroactivamente.
- Se demanda a la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, que debe abonar dichas sumas.
- La decisión del tribunal fue hacer lugar a la demanda, declarando la inconstitucionalidad de las leyes 11.739, 11.905 y sus similares, y del Decreto 240/96, que redujeron o eliminaron el porcentaje de bonificación por antigüedad. La sentencia dispuso el pago retroactivo de las sumas adeudadas, con intereses del 6% anual desde cada devengamiento y tasas pasivas posteriores.
- Fundamentación principal: La reducción del porcentaje de bonificación por antigüedad durante más de 9 años constituye un retroceso en derechos adquiridos, vulnerando la cláusula de progresividad y la igualdad, además de violar la protección constitucional de la intangibilidad de remuneraciones de magistrados, en contraste con la situación de los actores. La jurisprudencia y doctrina citadas respaldan que cualquier medida regresiva debe ser justificada y no puede ser definitiva si implica un retroceso en derechos ya conquistados. La extensión de dichas reducciones por tantos años sin justificación constitucional viola principios constitucionales y tratados internacionales, configurando un acto arbitrario y vulneratorio.
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