DI NARDO CLAUDIA ALEJANDRA C/ INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ PRETENSION ANULATORIA - PREVISION
La Cámara anula la resolución que denegó la pensión por convivencia y concede el beneficio desde el fallecimiento del causante, basándose en la existencia de convivencia de hecho y la protección del derecho previsional y alimentario.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, Di Nardo Claudia Alejandra, demanda la declaración de convivencia y la concesión de pensión por fallecimiento del Sr. Hector Isauro Brandan.
- El demandado, Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, denegó el beneficio argumentando insuficiencia probatoria.
- La sentencia revoca la resolución administrativa, considerando la prueba rendida que acredita la convivencia en los términos previstos por la normativa, en particular el art. 34 del Decreto-Ley 9650/80.
- La decisión se fundamenta en que la misma evidencia probatoria, en especial los testimonios y documentación presentada, demuestra la convivencia pública y notoria durante el plazo legal requerido, además de que la jurisprudencia y la doctrina en materia previsional amparan la interpretación favorable a la protección de derechos alimentarios y de subsistencia.
- Se destaca que la decisión de la autoridad administrativa fue fundada en una insuficiente valoración de la prueba, en contraposición con el principio de extrema cautela que rige en materia previsional, por lo tanto, la sentencia anula la resolución y concede la pensión desde el fallecimiento, con costas a la demandada y la regulación de honorarios pendiente de liquidación.
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