DE FIGUEIREDO ANA NAZARETH C/ GOBERNACION DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ ACCIDENTE IN-ITINERE
La Cámara de Apelaciones en lo Laboral de San Isidro confirmó la sentencia que condenó a la Provincia de Buenos Aires por accidente laboral y determinó la indemnización a favor de la trabajadora. La decisión se fundamentó en la acreditación del accidente, la relación laboral y el grado de incapacidad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Ana Nazareth de Figueiredo, demandó a la Gobernación de la Provincia de Buenos Aires por accidente de trabajo ocurrido el 8.5.19, alegando que sufrió un esguince de tobillo por tropezar con baldosas mal formadas en su lugar de trabajo, en tareas de auxiliar de docencia en la Dirección General de Cultura y Educación. La demandada reconoció que la trabajadora recibió atención médica y alta médica sin incapacidad, pero negó el carácter laboral del accidente. El tribunal valoró la prueba documental y pericial, concluyendo que el accidente ocurrió en el ámbito laboral y que la relación es de carácter laboral, por lo que la actora debe ser indemnizada conforme a la Ley 24.557. Se determinaron en $ 862.217,09 las sumas a pagar, incluyendo actualización por RIPTE y un interés del 6% anual desde la exigibilidad del crédito. Los fundamentos principales destacan que la relación laboral fue acreditada, la naturaleza del accidente puede calificarse como accidente in itinere, y que las leyes y normativas invocadas por la demandada vulneran garantías constitucionales, por lo que fueron declaradas inconstitucionales. Además, se rechazaron las objeciones de inconstitucionalidad relativas a normas de la Ley 24.557, la Ley 26.773 y la Ley 27.348. La sentencia también ordenó el pago de costas y regula honorarios profesionales y periciales.
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