CIANCAGLINI JUAN JOSE C/ PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La Cámara de Trabajo de Tres Arroyos rechazó la aclaratoria presentada por los abogados Fossati respecto a la regulación de honorarios, confirmando que no existió error material y que la regulación se ajustó a la ley y jurisprudencia vigente. La sentencia reafirmó la validez del prorrateo realizado y la exclusión de honorarios del letrado de la parte condenada en costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El tribunal analizó la presentación de los Dres. Marcelo A. Fossati y Patricio Fossati, quienes solicitaron la aclaración de los honorarios regulados, argumentando un error en los porcentajes y una supuesta discrepancia con la base regulatoria. La sentencia sostuvo que no existió error material ni concepto oscuro que justificar la aclaración, ya que los honorarios fueron fijados conforme a la ley arancelaria vigente y en cumplimiento de las normativas aplicables, incluyendo las limitaciones por el monto de la sentencia y el prorrateo realizado. Además, se recordó que la jurisprudencia de la Corte provincial establece que las normas sobre costas y honorarios, incluso las relacionadas con la ley 24.432 y el art. 277 de la LCT, son aplicables y que la exclusión de honorarios del letrado de la parte condenada en costas no afecta el prorrateo general. La resolución reafirmó que la regulación fue correcta y que la aclaratoria no prosperaba.
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