CEBALLOS EZEQUIEL ANIBAL C/ ASOCIART S.A. ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La homologación del acuerdo conciliatorio en un expediente por accidente de trabajo. La Cámara de Quilmes aprobó el acuerdo, considerando que no vulnera principios de orden público y que representa una justa composición de derechos e intereses, con efectos de cosa juzgada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La parte actora, Ezequiel Aníbal Ceballos, demanda a ASOCIART S.A. por accidente de trabajo.
- El tribunal homologó el acuerdo conciliatorio celebrado entre las partes, que pone fin al proceso, con efectos de cosa juzgada, conforme a los artículos 15 de la Ley de Contrato de Trabajo y 30 de la Ley 15.057.
- La jueza Bártola expresó que "la conciliación a que arriban las partes para poner fin al proceso, no vulnera ningún principio de orden público y constituye, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes."
- Las restantes juezas, Garay y Bozzola, compartieron el mismo criterio.
- Además, se dispuso que la parte demandada, ASOCIART S.A., deba depositar los importes en una cuenta bancaria vinculada a Ceballos, y se intimó a la actora a acreditar la titularidad de dicha cuenta.
- La homologación implica la declaración de las costas a cargo de la parte demandada y la exención del pago de la tasa de justicia.
- La resolución concluye con el cierre del expediente.
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