BARTOLLOTA DE PETRACA TOMASA CARMELA Y OTRO/A C/ AMARILLA MONICA ANDREA Y OTROS S/ DESALOJO (EXCEPTO POR FALTA DE PAGO)
La Cámara Civil de San Justo confirmó la acción de desalojo contra la locataria Mónica Andrea Amarilla y extendió la orden de desalojo a los ocupantes posteriores, rechazando las excepciones de falta de legitimación y confirmando la validez del contrato de locación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor demanda el desalojo del inmueble en Ramos Mejía, alegando incumplimiento contractual y ocupación sin título tras el vencimiento del contrato en 15/11/2019. La demandada, Mónica Andrea Amarilla, admite la ocupación y presenta un recibo de pago de diciembre 2019, pero niega que exista continuidad del contrato. La sentencia analiza la validez del contrato, la ocupación posterior y la legitimación de las partes, concluyendo que la relación locativa continuó más allá del vencimiento y que la demandada debe desalojar en 10 días. Se hace lugar a la demanda y se extiende la orden de desalojo, con costas a la parte vencida. Fundamentos principales: "Del contrato de locación acompañado, el cual conforme tengo por reconocido en los términos del art. 392 del C.P.C.C. (ver providencia de fecha 05/05/2025), se desprende que las accionantes revisten el carácter de locadoras del inmueble en litigio, por lo que no cabe duda que se encuentra plenamente legitimadas para entablar y llevar adelante la pretensión en estudio." "Al respecto, considero oportuno señalar que la parte actora ha negado la autenticidad del recibo acompañado y que la accionada no ha desarrollado actividad probatoria a los fines de acreditar la veracidad del mismo. Así las cosas, recuerdo que el principio probatorio indica que quien alega un hecho debe probarlo." "En atención a lo hasta aquí expuesto y encontrándose vencido el plazo de locación establecido en el contrato adompañado, adelanto que corresponde hacer lugar a la demanda de desalojo impetrada (art. 676 C.P.C.C.)." "Por todo lo expuesto, la demanda habrá de prosperar contra Mónica Andrea Amarilla, por ser la misma locataria del inmueble... haciendo extensiva la misma contra Ana María Amarilla y Rocío Alcaraz, quienes han reconocido su carácter de ocupantes." "la sentencia de desalojo debe hacerse efectiva contra cualquier ocupante posterior a la iniciación del juicio, no importando ello la alteración de la relación procesal, si una vez anoticiado del juicio, el mismo no presenta títulos idóneos para enervar los efectos del fallo." "Las costas: La vigencia del principio objetivo
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