REIMESMA JORGE ADOLFO S/ SUCESION AB-INTESTATO
La sentencia declara la sucesión ab intestato de Jorge Adolfo Reimesma, fallecido el 14 de octubre de 2022, y reconoce a sus hijos y cónyuge como herederos en carácter de únicos y universales herederos. La decisión fundamenta que se acreditó el fallecimiento, el matrimonio y los hijos, y que se cumplió con la publicación de edictos, sin oposición.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia fue dictada en autos por la sucesión ab intestato de Jorge Adolfo Reimesma, quien falleció el 14 de octubre de 2022. La actora solicitó que se declare quiénes son los herederos del causante. La causa fue probada mediante la partida de defunción, el certificado de matrimonio y los registros de hijos. Se acreditó que se cumplió con la publicación de edictos, sin respuesta adversa. La autoridad judicial dispuso que, por fallecimiento del causante, le suceden en carácter de herederos universales sus hijos María Silvia y Jorge Mauricio Reimesma y Bracamonte, y su cónyuge María Luisa Bracamonte, en cuanto a bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de derechos sobre bienes gananciales. La sentencia además ordena registrar la sucesión y cierra la intervención de la agente fiscal. Fundamentos principales: "Que con la partida de fs. 7 se ha justificado en legal forma el fallecimiento del causante Jorge Adolfo Reimesma, ocurrido el 14 de octubre de 2022." "Que con el certificado de fs. 8 se acredita su matrimonio con María Luisa Bracamonte, acto celebrado el 29 de abril de 1972, naciendo de dicha unión sus hijos: María Silvia (fs. 5), el 8 de octubre de 1973 y Jorge Mauricio (fs. 6), el 8 de febrero de 1980." "Que con los diarios y recibos de fs. 20 se acredita haber dado cumplimiento con la correspondiente publicación de edictos, de cuyo resultado negativo informa la Actuaria en este acto." "En virtud de lo dispuesto por los arts. 2337, 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial, y los arts. 735 y 737 del CPCC, se declara en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de Jorge Reimesma, le suceden en carácter de únicos y universales herederos sus hijos y cónyuge, en los términos señalados."
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