BRAVO OSCAR S/ SUCESION AB-INTESTATO
La sentencia declara a los herederos en la sucesión abintestato de Oscar Bravo. La resolución se basa en la acreditación del fallecimiento, vínculo matrimonial y filiación de los hijos, y en la publicación de edictos, concluyendo que los herederos son sus hijos y la cónyuge, sin perjuicio de terceros.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Juzgado Civil y Comercial N° 12 de Mar del Plata, en el expediente 43049, declaró a los herederos en la sucesión abintestato de Oscar Bravo, fallecido el 11 de diciembre de 1999. La decisión se fundamenta en la documentación que acredita el fallecimiento, el vínculo matrimonial con Esther Erminda Piriz, y el nacimiento de los hijos del causante, Marcela Adriana Bravo, Walter Oscar Bravo y Gustavo Oscar Bravo. Además, se verificó la publicación de edictos y el cumplimiento del plazo legal para presentar reclamos. El juez consideró que, al vencerse el plazo sin que nadie se hubiere presentado a reclamar derechos, los herederos son los que acreditaron oportunamente su vínculo y vocación hereditaria, excluyendo a quienes no manifestaron voluntad de ser herederos. La resolución se fundamenta en los arts. 2.426 y 2.433 del Código Civil y Comercial de la Nación, y en los arts. 737, 735, 737 del C.P.C. La declaración se realiza "en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio del derecho de terceros", y se ordena el cese de la intervención del fiscal.
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