LOPEZ, ROCIO YAEL Y OTRO C/ VERA, SERGIO MANUEL Y OTRO S/DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La sentencia condenó a Sergio Manuel Vera y a la aseguradora por daños en un accidente de tránsito. La Cámara confirmó la responsabilidad y aumentó los montos indemnizatorios, justificando la responsabilidad objetiva y la responsabilidad del conductor por riesgo creado.
La parte actora, representadas por el Dr. Esteban Manuel Boix, demandaron por daños y perjuicios a Sergio Manuel Vera, por un accidente ocurrido el 19/02/2017, en el cual se les causaron lesiones físicas, daños morales y gastos derivados del siniestro. La sentencia de primera instancia acogió la demanda, considerando la responsabilidad objetiva del demandado por la circulación en contramano y la invasión del carril, con base en el artículo 1757 del Código Civil y Comercial, y en la normativa de tránsito vigente. La responsable del hecho fue Vera, quien invadió el carril de las motocicletas cuando salía de una rotonda, impactando a las actoras, quienes sufrieron lesiones, pérdida de empleo y daños morales. La aseguradora fue citada en garantía y negó su responsabilidad, alegando que Vera no fue responsable y que las conductas de las actoras fueron imprudentes. La prueba testimonial y pericial confirmó la mecánica del hecho, la responsabilidad del conductor y la relación causal. La responsabilidad se fundamentó en la responsabilidad por riesgo, sin necesidad de prueba de culpa del demandado, y en la responsabilidad del dueño y guardián del vehículo. La sentencia condenó a pagar $18.720.000 en total, distribuidos entre ambas actoras, con intereses desde la fecha del hecho, y declaró inaplicable la Ley de Defensa del Consumidor respecto de las partes actoras, pero aplicable en relación a la aseguradora en los límites del seguro contratado. La sentencia también fijó la tasa de interés activa pura del 6% anual desde el hecho hasta la sentencia, y la tasa activa del descubierto en cuenta corriente para los intereses posteriores. La apelación no fue presentada, por lo que la sentencia quedó firme y consentida.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: