ABRAHAM CAMINOS FRANCISCO EMILIANO Y OTRO/A C/ MUNICIPALIDAD PARTIDO DE MAR CHIQUITA S/ AMPARO
La acción de amparo promovida por los actores contra la Municipalidad del Partido de Mar Chiquita fue rechazada, confirmando la legalidad de la actuación municipal y la validez del acto administrativo cuestionado. La resolución fundamenta que los actos administrativos no resultan arbitrarios ni ilegales, en tanto respetan la normativa urbanística vigente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor promovió acción de amparo contra la Municipalidad del Partido de Mar Chiquita por la paralización de la obra de construcción en su propiedad ubicada en calle Hernando de Magallanes N° 21, alegando arbitrariedad e ilegalidad en la actuación municipal y vulneración del derecho de propiedad. La Justicia analizó los antecedentes administrativos, la normativa urbanística, la aprobación de planos y las constancias catastrales, concluyendo que la actuación municipal, basada en constancias técnicas, planos aprobados y normativa vigente, no carece de respaldo legal ni presenta manifiesta arbitrariedad. Se verificó que los actores tenían pleno conocimiento de las restricciones del lote, las cuales estaban reflejadas en los planos aprobados y en la documentación catastral, y que la paralización obedeció a la ejecución de la obra en incumplimiento de las condiciones aprobadas. La sentencia también destaca que las funciones municipales en ordenamiento urbanístico tienen carácter tutelar y preventivo, y que la normativa que regula los retiros y límites de construcción busca equilibrar derechos individuales y el interés colectivo, sin vulnerar derechos constitucionales. Además, se señala que el acto administrativo fue motivado y fundamentado, y que no existe arbitrariedad en la actuación municipal. La acción de amparo fue rechazada en su totalidad, con costas a los actores.
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