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JAUREGUIBERRY ALEJANDRO DAMIAN C/ VUJOVICH FABRICIO MARTIN Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

La Cámara de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Lomas de Zamora confirmó la sentencia que condenó a Vujovich a indemnizar a Jaureguiberry por daños derivados de un accidente de tránsito, atribuyendo responsabilidad exclusiva al conductor del vehículo asegurado, por maniobra temeraria y negligente.

Accidente de transito Responsabilidad objetiva Responsabilidad civil Indemnizacion Aseguradora Pericia mecanica Danos materiales Culpa del conductor Responsabilidad por riesgo Danos fisicos

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Alejandro Damian Jaureguiberry, demanda por daños y perjuicios tras un accidente ocurrido el 26/01/2020, en el que fue embestido por el automóvil conducido por Vujovich, en circunstancias en que este último realizó un giro a la izquierda en una intersección sin la debida precaución, provocando la colisión. La parte demandada, Allianz Argentina, niega responsabilidad y sostiene que la maniobra del actor fue imprudente, alegando que el accidente se produjo por culpa de la víctima. La sentencia de primera instancia, basada en la responsabilidad objetiva por riesgo de la cosa y en la inexistencia de prueba suficiente de culpa del demandado, atribuye la responsabilidad del hecho a Vujovich, quien circulaba con su vehículo asegurado, y ordena su condena a pagar una suma de $5.460.000, más intereses, además de extender la condena a la aseguradora en la medida de la cobertura del seguro contratado. Fundamentos principales: El tribunal destaca que en casos de responsabilidad por riesgos en accidentes de tránsito, la relación causal se presume y la carga de la prueba recae en el responsable de demostrar la causa ajena o el caso fortuito que exonere de responsabilidad. La prueba documental y pericial confirmaron que la mecánica del accidente fue consistente con la versión del actor, y que la conducta del conductor del vehículo asegurado fue negligente al realizar un giro sin la debida vigilancia, resultando responsable del daño. La actitud procesal de la parte demandada, en su rebeldía y en la ausencia de prueba en su defensa, fue tenida en cuenta para confirmar la responsabilidad. La indemnización fue calculada en función de daños físicos, materiales y daños en la propiedad, con una evaluación prudente y ajustada a las circunstancias del caso, y se establecieron intereses desde la fecha del hecho.

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