GODOY MARTINEZ HUGO C/ CLUB DE CAMPO CHACRAS DE LA CRUZ S.A S/ AMPARO
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Campana hizo lugar a la acción de amparo de Hugo Godoy Martínez y ordenó la inmediata suspensión de la prohibición de ingreso al Club de Campo Chacras de la Cruz, por considerar que la restricción violaba su derecho constitucional a trabajar y a la igualdad, siendo arbitraria y discriminatoria la medida basada en una imputación penal sin sentencia firme.
- Quién demanda: Hugo Godoy Martínez, quien solicita que se le permita ingresar al Club de Campo Chacras de la Cruz para realizar tareas de parquización.
¿A quién se demanda?
Club de Campo Chacras de la Cruz S.A, administradora del barrio cerrado en cuestión.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La nulidad de la prohibición de ingreso al barrio para ejercer su trabajo, alegando vulneración de derechos constitucionales, discriminación y arbitrariedad.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la resolución que rechazaba in limine la acción de amparo y, en consecuencia, hizo lugar a la misma, ordenando a la demandada que deje sin efecto la prohibición de ingreso del actor, permitiéndole ingresar para cumplir sus tareas habituales, siempre que cumpla con los requisitos de ingreso y acredite la relación laboral.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia sostiene que la prohibición basada en una imputación penal sin sentencia firme vulnera el derecho constitucional a trabajar, la presunción de inocencia, y el principio de igualdad. Se destaca que el "derecho de admisión" no es absoluto y debe ser razonable, proporcionado y fundamentado objetivamente. La decisión de impedir el ingreso del actor sin acreditar riesgo concreto y sin evaluar alternativas menos lesivas constituye una lesión a derechos fundamentales, y que la medida es discriminatoria, ya que su hermano, involucrado en el mismo hecho, no fue impedido de ingresar. La jurisprudencia citada respalda la protección del derecho a trabajar frente a restricciones arbitrarias y discriminatorias, reiterando que la medida es ilegal y arbitraria en el marco del derecho constitucional y convencional vigente.
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