.................... S/ QUEJA EN CAUSA Nº 109.045 DEL TRIBUNAL DE CASACIÓN PENAL, SALA III, SEGUIDA A PALAVECINO, WALTER ALBERTO.-
La Corte Suprema provincial declaró abstracto el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley por la situación superada por la causa, que alteró la fundamentación del planteo y el interés actual del caso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa trata sobre el recurso extraordinario interpuesto por la fiscal María Laura D'Gregorio contra las decisiones del Tribunal de Casación Penal que, en diversas instancias, resolvieron sobre la constitucionalidad del art. 100 de la ley 12.256, relacionado con la concesión de salidas transitorias a presos condenados por ciertos delitos, en particular, Walter Palavecino. La Sala III del Tribunal de Casación Penal, en un pronunciamiento del 17 de diciembre de 2024, casó una resolución de la Cámara departamental que había suspendido las salidas transitorias de Palavecino, y ordenó que se dictara un nuevo pronunciamiento en línea con los fundamentos del fallo de Casación. Posteriormente, la Cámara de San Martín, en una decisión de abril de 2025, revocó la suspensión y restableció las salidas transitorias, en atención a que la resolución de Casación ya no seguía vigente, dado que la causa había sido modificada por las decisiones posteriores, en particular, por la resolución del 23 de abril de 2025 que hizo lugar al recurso de apelación y revocó la suspensión. La Corte analizó que, debido a estos cambios en la situación procesal y a la resolución definitiva, el interés actual de la fiscal en mantener el recurso quedó superado, con lo cual, la cuestión devino abstracta y no ameritaba pronunciamiento. Fundamentos principales: El tribunal destacó que, "del derrotero judicial de la presente causa, así como particularmente la duplicidad de vías producida y la última decisión de la Alzada departamental [...] ha devenido inoficiosa la primigenia decisión del Tribunal de Casación recurrida ante esta Sede por la señora fiscal doctora María Laura D'Gregorio mediante recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley". Añadió que, "en tanto aquella decisión no atiende a la situación actual del imputado Walter Palavecino, sino a una anterior", no existe interés procesal vigente para continuar con el análisis del recurso, por lo que se declaró la cuestión abstracta conforme al artículo 488 del CPP.
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