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CORREA, JUAN MANUEL c/ GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La Cámara de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de grado, declarando la inconstitucionalidad de las leyes 23928 y 25561 en su parte que prohíben la actualización monetaria, y ajustó los accesorios y honorarios según los parámetros establecidos, confirmando en lo demás la decisión de primera instancia.

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- Quién demanda: Juan Manuel Correa

¿A quién se demanda?

Galeno Aseguradora de Riesgos del Trabajo

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por accidente laboral y la aplicación de la ley 24.557 y demás normativas relacionadas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró la inconstitucionalidad de las leyes 23928 y 25561 en sus partes que prohibían la actualización monetaria, y modificó en consecuencia el fallo de grado en los accesorios y honorarios. También confirmó en todo lo demás la sentencia de primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara sostuvo que, en el marco normativo vigente, corresponde aplicar el índice de precios al consumidor del INDEC, conforme a los precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los casos “Espósito Dardo Luis c/ Provincia ART S.A.” (7/6/2016), “Carabajal Franco GABRIEL c/ TERMINAL 4 S.A.” y “Leiva Valori, Walter Ernesto c/ HRL Hoteles S.A.”, declarando la inconstitucionalidad de las leyes 23928 y 25561 en su parte que prohíben la actualización. La sentencia señala que “cabe estar al criterio mayoritario sostenido por este Tribunal en autos” y que “corresponde declarar para el presente caso la inconstitucionalidad de ambas normas –leyes 23928 y 25561
- en su parte pertinente” y que “el reajuste del crédito reconocido en las presentes actuaciones, la aplicación desde la fecha fijada en el decisorio de grado del Índice de Precios al Consumidor del INDEC.” Se deja sin efecto la imposición de costas y regulación de honorarios en la instancia anterior y se regulan en esta en los porcentajes del 16%, 14% y 6% sobre el monto de condena para la defensa y perito. La decisión confirma la sentencia en todo lo demás.

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