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VERA CABRAL, MYRIAM ELIZABETH c/ ASOCIART ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La Cámara de Apelaciones en lo Laboral confirma la modificación del cálculo de intereses, adoptando el criterio de aplicar inicialmente CER hasta el 31/12/2023 y tasas activas a partir de esa fecha, además de imponer costas a la demandada y regular honorarios.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La causa es una demanda laboral en la que la trabajadora reclama intereses sobre una indemnización. La Cámara confirma la decisión de modificar el método de cálculo de intereses, considerando que la utilización de la tasa activa genera una confiscatoriedad del crédito del trabajador, en línea con el precedente de la causa Machuca. La sentencia señala que la normativa y el debate parlamentario reflejan una intención de actualizar los intereses para evitar la desvalorización del crédito laboral, especialmente en contextos de alta inflación. La Cámara decide aplicar el CER (Coeficiente de Estabilidad de Referencia) hasta diciembre de 2023, y tasas activas a partir de 2024, en línea con la normativa vigente y considerando la disminución de la inflación en los últimos meses. Además, impone costas a la parte demandada y regula honorarios en los montos establecidos.

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