PEREYRA, EMMA ANA MARIA c/ AMFFA SALUD s/AMPARO DE SALUD
La demanda de amparo por cobertura de salud fue admitida y se ordenó a la obra social brindar la cobertura solicitada, reconociendo el allanamiento tácito y justificando la sentencia en la aceptación de la demanda por parte de la demandada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, Emma Ana María Pereyra, interpuso acción de amparo contra AMFFA SALUD para obtener cobertura en internación, medicación y pañales.
- La demandada informó que brindaba la cobertura hasta el límite del Módulo Hogar Permanente Categoría A con más el 35% por dependencia, aceptando tácitamente la demanda al cumplir con la pretensión sin oposición expresa.
- La decisión judicial se fundamentó en que la conducta de la obra social implicó reconocimiento del derecho de la actora, admitiendo la legitimidad del reclamo y comprometiéndose a brindar la cobertura.
- Se dispuso que la demandada debe brindar la cobertura hasta los límites establecidos y pagar las costas a su cargo, considerando que la actora actuó motivada por la inacción previa de la obra social.
- Se ordenó además la emisión de un oficio para la apertura de una cuenta judicial.
Fundamentos principales:
"El allanamiento tácito tiene lugar si el demandado, sin formular expresamente defensas, cumple con la pretensión del actor. La actitud adoptada por la obra social implicó el reconocimiento objetivo del derecho de la amparista, por lo que resulta pertinente que ese reconocimiento quede plasmado en la sentencia."
"Corresponde hacer lugar a la pretensión, en tanto no está comprometido el orden público, y la conducta de la parte demandada de cumplir con la cobertura solicitada, tras el allanamiento tácito, justifica la decisión."
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