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MACIAS VERA, JIMILE ASUNCION s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA

La sentencia concede la ciudadanía argentina a Jimile Asunción Macias Vera, tras analizar que no existen impedimentos legales y que reúne las condiciones constitucionales y legales para obtenerla, en cumplimiento del decreto 3213/84 y la ley 346, y se le extiende la carta de ciudadanía bajo ciertos requisitos y advertencias.

Carta de ciudadania Ciudadania argentina Solicitud Extranjero Nacionalidad Derechos migratorios Tramite legal Declaratoria Ley 346 Decreto 3213/84


- Quién demanda: Jimile Asunción Macias Vera

¿A quién se demanda?

No corresponde, es una solicitud de ciudadanía

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La concesión de la ciudadanía argentina

¿Qué se resolvió?

Se declara ciudadana argentina a Macias Vera, nacida en Caracas, Venezuela, y se le otorga la extensión de la carta de ciudadanía, con la obligación de jurar fidelidad a la República Argentina en un año y con las advertencias de posibles efectos de la pérdida de nacionalidad anterior y la cancelación por fraude u ocultamiento de datos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En primer lugar, corresponde analizar, teniendo en cuenta las diversas contestaciones de oficios agregadas en la causa, si la peticionaria se encuentra comprendida en alguna de las causales que le impidan obtener el honor de la ciudadanía argentina (conf. art. 5 del decreto 3213/84). En este sentido, de las constancias arrimadas al proceso no se advierte la existencia de obstáculos que puedan frustrar la petición de la interesada. Por otro lado, goza de una situación migratoria regular, no existiendo constancia alguna de variación de dicho estado migratorio." "Por lo expuesto precedentemente, cabe concluir que la peticionaria reúne las condiciones prescriptas por la Constitución Nacional, por la ley 346 y sus modificatorias para la incorporación de extranjeros a la ciudadanía argentina, y atento la expresa manifestación de voluntad prestada por quien peticiona..." La resolución declara la ciudadanía y establece que la solicitante debe prestar juramento y que la concesión puede implicar la pérdida de su nacionalidad anterior, además de informar sobre la posible cancelación si se descubre fraude o ocultamiento en el trámite.

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