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A., M.L. c/ SWISS MEDICAL SA s/AMPARO DE SALUD

La sentencia de primera instancia ordenó a Swiss Medical S.A. brindar la cobertura de internación en una institución geriátrica, considerando la condición de discapacidad y patología de la actora, y fundamentó que la prestación médica requerida se encuentra amparada por la normativa vigente y jurisprudencia. La decisión fue basada en el derecho a la salud, la protección de derechos de personas con discapacidad, y la obligación de las entidades de salud de brindar prestaciones acorde a las necesidades médicas, en particular cuando el estado de salud del paciente requiere internación en instituciones especializadas y en concordancia con los informes médicos y la normativa de prestaciones básicas. La sentencia también dispuso el pago de la internación en un plazo de 10 días y costas a la demandada vencida.

Discapacidad Cobertura Derechos humanos Salud Amparo Residencia geriatrica Internacion Prestaciones basicas Normativa Jurisprudencia.

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La actora, M. L. A., demanda a Swiss Medical S.A. para que le otorgue la cobertura de internación en la residencia geriátrica "Fundación Aunar".
- La demandada niega la obligación, alegando que la prestación no está regulada ni contemplada por ley o contrato, y que la paciente podría ser atendida en su domicilio por familiares o cuidadores.
- La justicia reconoció que la paciente padece Alzheimer, requiere asistencia y supervisión permanente, y que la prestación solicitada está respaldada por informes médicos y normativa vigente.
- Se fundamentó en que el derecho a la salud y a la protección de personas con discapacidad deben ser garantizados en igualdad de condiciones, conforme a tratados internacionales, constitucionalidad y doctrina judicial.
- La sentencia ordenó que Swiss Medical S.A. brinde la cobertura en los términos del considerando VI, incluyendo el valor correspondiente al módulo "Hogar Permanente con Centro de Día", categoría "A", más el 35% por dependencia, y que efectúe los pagos en 10 días tras la presentación de facturas.
- Además, se impusieron costas a la parte vencida y se reguló honorarios profesionales, conforme a los montos establecidos por la jurisprudencia del fuero.

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