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Incidente Nº 1 - ACTOR: COBENSIL SA DEMANDADO: SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD (EX 106376788/25) s/INC DE MEDIDA CAUTELAR

La Cámara Contencioso Administrativo Federal - Sala IV resolvió que no corresponde pronunciamiento en el incidente de suspensión cautelar, dado que el recurso principal ya está en trámite y en etapa de sentencia. La resolución busca evitar pronunciamiento innecesario y preservar la utilidad del proceso principal.

Recurso de apelacion Multa Incidente Proceso administrativo Proceso principal Suspension cautelar Camara contencioso administrativo Ley 26.682 Tramite en curso Decision en incidente


¿Quién es el actor?

COBENSIL S.A.

¿A quién se demanda?

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD (EX 106376788/25)
- Objeto de la demanda: Impugnación de la resolución que aplicó una multa a la actora (RES-2025-370-APN-SSS#MS, del 2/4/25) mediante pedido de suspensión cautelar.
- Decisión del tribunal: La Cámara declaró que el pedido de suspensión cautelar resulta inoficioso, dado que el recurso directo de apelación fue recibido por el tribunal en fecha 11/8/25 y está en trámite para sentencia desde esa fecha, por lo que no corresponde pronunciarse en el incidente en este momento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que la petición precautoria fue deducida en el marco de un recurso directo de apelación en los términos del art. 24 ley 26.682, que fue recibido por este Tribunal el 11/8/25 y cuenta con llamado de autos para sentencia del 27/8/25 (conf. causa 29964/25), circunstancia que torna inoficioso un pronunciamiento en el presente incidente, limitado a asegurar el dictado de una sentencia definitiva útil en el proceso principal." "Así se resuelve."
- Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia.

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