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Legajo Nº 1 - IMPUTADO: CARLOS, ERIK IVAN s/LEGAJO DE ACTUACIONES COMPLEMENTARIAS / PETICIONES

La Cámara Federal de Casación Penal revocó la decisión del Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 7 que impuso una multa de $427.500 a Erik Iván Carlos, en virtud de que la resolución que fijó el importe en base al valor del formulario de inscripción en el Registro Nacional de Precursores Químicos fue anulado. La Sala declaró la inaplicabilidad de la ley en la determinación del valor del formulario y ordenó remitir las actuaciones al tribunal de origen para que se dicte una nueva resolución conforme a la doctrina plenaria sobre el momento que define el valor del formulario para la multa.

Doctrina plenaria Recurso de casacion Inaplicabilidad de ley Registro nacional de precursores quimicos Penal economico Procedimiento penal Multa en unidades fijas Ley 23.737 Jurisprudencia casacion Momento de la intimacion


¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal (representante del Fiscal General Mario Alberto Villar)

¿A quién se demanda?

Erik Iván Carlos
- Objeto de la demanda: Recurso de casación contra la resolución que estableció la multa de $427.500 y su forma de cálculo
- Decisión del tribunal: La Sala anuló la resolución del 4 de diciembre de 2024, que fijó la valor en base a la formulario de inscripción, y revocó la pronunciamiento del tribunal de origen, ordenando que se dicte una nueva resolución conforme a la doctrina plenaria que establece que el momento que define el valor del formulario para determinar la multa en unidades fijas es la intimación al pago.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El acuerdo plenario de la Cámara Federal de Casación Penal, en trámite ante la Secretaría de Jurisprudencia y Biblioteca, resolvió que el momento que define el valor del formulario de inscripción para determinar el importe nominal en pesos que representa la pena de multa en unidades fijas, es el de la intimación al pago, y no otro." "La resolución del 4 de diciembre de 2024, que tomó como parámetro el valor del formulario en el momento de la comisión del hecho, resulta incompatible con dicha doctrina plenaria, por lo que debe ser anulada." "La ley 23.737, en su art. 45, establece que la multa en unidades fijas debe calcularse según el valor del formulario en el momento de la intimación, conforme a la doctrina plenaria, por lo que la resolución que lo hizo en base a la situación al momento del hecho no puede mantenerse." "Se ordena que la resolución que disponga la multa se dicte en función del valor en el momento de la intimación y se remitan las actuaciones al tribunal de origen para que aplique dicha doctrina."

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