ARTUSO, JUAN ANDRES c/ TRIMOVE SA s/ORDINARIO
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, confirmando la condena a la demandada por la deuda previsional y revocando la aceptación de la reconvención por rendición de cuentas, en atención a la falta de prueba suficiente.
Actor: Juan Andrés Artuso
Demandado: Trimove S.A.
Objeto: Cobro de $186.594,33 por aportes previsionales, devolución de un préstamo de $60.000, daños y perjuicios por la baja en AFIP, y rendición de cuentas de la gestión del actor.
¿Qué se resolvió?
Se condenó a Trimove S.A. a pagar la suma de $186.594,33 más intereses, por la deuda previsional, y se revocó la condena de rendición de cuentas de Artuso, por falta de prueba.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La obligación de la sociedad de abonar los aportes previsionales de los directores, aun si tenían interés contrario, no puede eximirse por la mera remoción del cargo, pues corresponde a períodos en los que ejerció funciones. La liquidación de la deuda previsional debe comprender todos los períodos no abonados hasta la renuncia del actor el 13/03/2018. La prueba del préstamo y de daños fue insuficiente, ya que no se acreditó la existencia del préstamo ni el daño alegado. La rendición de cuentas no resulta procedente, dado que la ley de sociedades establece mecanismos específicos y que la prueba no demostró retiros o movimientos que justifiquen esa obligación. La responsabilidad en costas se distribuyó en función de los resultados de la apelación, siendo las costas de primera instancia en el orden causado y las de segunda en el orden del fallo.
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