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Incidente Nº 1 - DENUNCIANTE: AFIP - DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA DENUNCIADO: TRINKEN S.R.L. Y OTRO s/INCIDENTE DE FALTA DE ACCION

La sentencia declaró la extinción de la acción penal por cancelación de la deuda tributaria en el marco del régimen de regularización previsto en la ley 27.743 y sobreseyó a los imputados. La decisión se fundamentó en que la obligación fiscal fue completamente saldada mediante planes de pago, lo que conforme a la normativa vigente, produce la extinción de la acción penal.

Sobreseimiento Evasion fiscal Plan de pago Regularizacion tributaria Argentina Extincion de la accion penal Penal tributario Ley 27.743 Deuda tributaria cancelada Impuesto a las ganancias 2017


¿Quién es el actor?

Poder Judicial de la Nación (Juzgado Penal Económico 2)
- Demandados: Mariano Nicolás MOSCETTA y TRINKEN S.R.L.
- Objeto de la demanda: Extinción de la acción penal por presunta evasión del Impuesto a las Ganancias ejercicio 2017

¿Qué se resolvió?

Se declara la extinción de la acción penal y el sobreseimiento de los imputados

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La deuda de $6.198.361,71 fue cancelada íntegramente mediante planes de pago (Ley 27.653 y Ley 27.743), sin que exista causal de exclusión según el art. 4° de la ley 27.743. La normativa vigente establece que la cancelación total de la deuda produce la extinción de la acción penal, siempre que no exista sentencia firme previa. Las constancias acreditan que la obligación fue saldada y que no existen antecedentes penales ni pedidos de concurso o quiebra respecto de los imputados. La sentencia concluye que, en mérito a la cancelación, corresponde disponer el sobreseimiento y declarar la extinción de la acción penal en los términos del art. 5° de la ley 27.743.

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