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Principal en Tribunal Oral TO05 - IMPUTADO: VARGAS YEPES, JOHN JAIRO Y OTRO s/CONTRABANDO DE ESTUPEFACIENTES ARTICULO 866, 2º PARRAFO - CODIGO ADUANERO y ASOCIACION ILICITA QUERELLANTE: ARCA-DGA

La Cámara condenó a Vargas Yepes y Posso Guisao por contrabando agravado por la tentativa y asociación ilícita. La sentencia confirmó la participación en los hechos, impuso penas de 5 años y 3 meses de prisión y diversas inhabilitaciones, y mantuvo la sentencia de primera instancia en cuanto a la calificación jurídica y la valoración de la prueba.

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- Quienes demandan: El Ministerio Público Fiscal y la parte querellante ARCA-DGA.

¿A quién se demanda?

John Jairo Vargas Yepes y Arioston de Jesús Posso Guisao.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La responsabilidad por su participación en el intento de contrabando de estupefacientes y en una organización ilícita.

¿Qué se resolvió?

La Cámara los condenó como autores del delito de contrabando en grado de tentativa y en calidad de miembros de una asociación ilícita, imponiéndoles penas de 5 años y 3 meses de prisión y diversas inhabilitaciones, además de costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los elementos de juicio obrantes en estas actuaciones, valorados conforme a las reglas de la sana crítica... permiten tener por fehacientemente acreditado la materialidad de los hechos requeridos a juicio y la intervención de Vargas Yepes y Posso Guisao en aquéllos." "Se encuentra claramente demostrada la modalidad prevista por el art. 864 inc. 'd' del Código Aduanero a través del ocultamiento del material estupefaciente en procura de burlar el control aduanero." "Los hechos atribuidos a los imputados, en conjunto, configuran un acuerdo criminal con participación en una organización dedicada al contrabando y su tentativa, en la que intervinieron en tareas específicas relacionadas con la estructura y la gestión del ilícito." "Los imputados actuaron con pleno conocimiento y voluntad, participando en las maniobras y en el acuerdo delictivo, como lo acreditan los cruces migratorios, comunicaciones telefónicas y su presencia en los lugares donde se realizó el acondicionamiento."

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