Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: MORALES GARCIA, DIEGO EDSON s/INFRACCION LEY 22.415 QUERELLANTE: DGA - ARCA (AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO)
La Cámara homologó un acuerdo de juicio abreviado en causa por contrabando de sustancias estupefacientes. La sentencia condenó a Diego Edson Morales García a 4 años y 6 meses de prisión efectiva y otras penas accesorias, tras admitir su participación y aceptar los términos del acuerdo.
¿Quién es el actor?
Poder Judicial de la Nación (Tribunal Oral Penal Económico N° 2)
¿A quién se demanda?
Diego Edson Morales García
- Objeto de la demanda: Homologación de acuerdo de juicio abreviado y condena por contrabando de estupefacientes y tentativa de contrabando, en concurso ideal.
- Decisión del tribunal: Se homologó el acuerdo, se condenó al imputado a 4 años y 6 meses de prisión efectiva, se impusieron penas accesorias, costas y decomiso, además de ordenar notificación personal y provisoria en relación al material estupefaciente secuestrado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La homologación del acuerdo cumple con los requisitos del art. 431 bis del CPPN, y el imputado admitió los hechos y su participación en audiencia, ratificando el acuerdo.
- La prueba reunida en instrucción respalda la participación del imputado como autor del hecho, con dominio del mismo, y con conocimiento de los hechos delictivos.
- La calificación legal es consistente con las pruebas y la valoración del acuerdo, calificando la conducta como contrabando agravado en concurso ideal.
- La intervención del imputado fue en calidad de autor, con dolo, sin causas de justificación ni inculpabilidad.
- La decisión se ajusta a los principios constitucionales del debido proceso y la bilateralidad, y no se advierten irregularidades que afecten la imparcialidad o el derecho de defensa.
- La pena acordada no supera los límites del acuerdo, y el tribunal cumple con el control de lógica y fundamentación exigido.
- La formalidad del acuerdo y la conformidad de las partes justifican la homologación y la condena.
- Se ordenan medidas complementarias como la notificación personal, el pago de costas, el decomiso y el destino del estupefaciente.
- Disposiciones adicionales: suspensión en la regulación de honorarios, y provisión para la notificación y ejecución.
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