Incidente Nº 44 - IMPUTADO: PEÑA, CARLOS MARIA s/SUSPENSION DE PROCESO A PRUEBA
La Cámara de Apelaciones en lo Penal Económico confirmó la resolución que suspendió el proceso a prueba de Carlos María Peña, tras verificar el cumplimiento de las reglas impuestas y la adecuada supervisión del mismo. La decisión se fundamentó en el cumplimiento de las condiciones y en el informe del Ministerio Público Fiscal.
¿Quién es el actor?
Carlos María Peña
¿A quién se demanda?
Fiscalía y Tribunal
- Objeto de la demanda: Revisión de la resolución de suspensión del proceso a prueba y cumplimiento de las condiciones impuestas
- Decisión del tribunal: La Cámara confirmó la resolución que hizo lugar a la suspensión del juicio a prueba y declaró cumplidas las reglas de conducta, tras verificar el cumplimiento del imputado y el informe del Ministerio Público Fiscal. La resolución fundamentó que Peña acreditó el pago de reparación del daño, multa y donaciones, y se verificó su cumplimiento con la conducta preventiva. Además, se destacó que "PEÑA observó regularmente las reglas indicadas" y que "las constancias permiten tener por cumplidas las reglas fijadas".
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal señaló que "conforme surge de las constancias agregadas al presente Legajo, PEÑA acreditó -a través de su defensa
- el cumplimiento de los pagos en concepto de reparación del daño, multa y donaciones oportunamente impuestos", y que "se verificó mediante la información brindada por el Banco Central de la República Argentina que el nombrado cumplió con la conducta que se buscaba prevenir". Asimismo, se indicó que "las constancias agregadas permiten tener por cumplidas las reglas fijadas al suspenderse el proceso a prueba y que PEÑA se ha mantenido a derecho bajo la supervisión de esta Secretaría de Ejecución". La resolución también consideró que "el Ministerio Público Fiscal dictaminó que el Tribunal podría proceder conforme lo previsto por el art. 76 ter del Código Penal". No se reportaron votos disidentes relevantes.
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