GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO (CIVIL) en ROFFO, LUIS MARÍA Y OTROS C/ ROFFO, JUAN Y OTRO S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA
La Sala II del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires rechazó los recursos de inconstitucionalidad y de apelación interpuestos contra las decisiones judiciales relacionadas con la implementación del programa educativo “Secundaria del Futuro” y el acceso a la información y participación de la comunidad educativa.
- Quienes demandan (los coactores PÑO y LMT y el Ministerio Público Tutelar) alegaron que la decisión judicial vulneraba derechos constitucionales relacionados con la participación, información, igualdad y protección integral, solicitando la revocación de la sentencia que rechazó sus recursos de inconstitucionalidad.
- La acción de amparo fue promovida por la Asesora Tutelar en nombre de los adolescentes y niños, con el fin de que se garantice el acceso a la información, participación y el procedimiento administrativo previo a la implementación del programa “Secundaria del Futuro”, solicitando además que se ordene al GCBA la emisión de un acto administrativo de alcance general.
- La jueza de grado dictó resolución parcialmente favorable, ordenando al GCBA dictar el acto administrativo, acreditar la emisión del mismo y proporcionar la información solicitada, además de ordenar que se abstenga de implementar prácticas educativas no ajustadas a la ley 3541.
- La Cámara de Apelaciones revocó la sentencia de grado, rechazando las pretensiones y confirmando la legalidad del actuar del GCBA, considerando que los agravios de los recurrentes no lograron demostrar una vulneración constitucional ni arbitrariedad en las decisiones adoptadas.
- Los recursos de inconstitucionalidad y de apelación fueron rechazados por la Sala II, sosteniendo que los agravios son genéricos y desconectados de las circunstancias fácticas y normativas, y que no existe obligación constitucional o legal de convocar audiencia pública o emitir acto administrativo previo en este contexto.
Fundamentos:
Los jueces argumentaron que las quejas no logran cuestionar de manera concreta la fundamentación de la sentencia ni demostrar la existencia de una vulneración constitucional directa y específica, ya que los agravios son genéricos y carecen de relación estrecha con los fundamentos jurídicos del fallo.
Asimismo, señalaron que la valoración de la prueba y las decisiones administrativas del GCBA no constituyen arbitrariedad ni ilegalidad manifiesta, y que no se acreditó la afectación de principios constitucionales básicos.
Finalmente, la existencia de un marco normativo que regula las audiencias públicas y la emisión de actos administrativos en materia educativa no obliga al GCBA a convocar dichas audiencias ni a dictar acto previo, en tanto no surge un deber constitucional o legal en ese sentido.
Por todo ello, los recursos fueron desestimados en su totalidad, confirmando la legalidad y constitucionalidad de las decisiones impugnadas.
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