INCIDENTE DE INCOMPETENCIA EN AUTOS I., L. A. SOBRE 149 BIS - AMENAZAS
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires revoca parcialmente la sentencia de primera instancia en un caso de responsabilidad médica por lesión en recién nacida, y ordena la realización de un nuevo pronunciamiento, resaltando la valoración de prueba pericial como clave de la controversia.
- Quién demanda: BFD y LPM, en representación de su hija menor de edad.
¿A quién se demanda?
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnización por daños y perjuicios por fractura de fémur en la menor, alegando negligencia médica y responsabilidad objetiva del hospital.
¿Qué se resolvió?
La Cámara de Apelaciones revocó la decisión de primera instancia y rechazó la demanda, pero el Tribunal Superior de Justicia, tras analizar los agravios, revoca esa resolución y ordena un nuevo análisis, específicamente en relación a la valoración de la prueba pericial médica.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La mayoría de los jueces coincidieron en que la sentencia de la Cámara incurrió en arbitrariedad al prescindir de la prueba pericial que indicaba la existencia de una fractura durante la internación, lo cual es un elemento clave que podría modificar la decisión final. La valoración de la prueba en la instancia de grado fue considerada defectuosa, ya que no se explicó por qué se descartó esa prueba pericial, lo que vulnera el principio de fundamentación de las sentencias y la normativa procesal aplicable. Se resaltó que la doctrina de la arbitrariedad de sentencia debe aplicarse en casos excepcionales, cuando hay una deficiencia grave en la fundamentación o en la valoración de la prueba, y en este caso, la omisión de la prueba pericial resulta en un error que afecta derechos constitucionales del accionante. La sentencia revocada fue enviada a la Cámara para que dicte un nuevo pronunciamiento con una adecuada valoración de la dictamen pericial, garantizando el derecho a una decisión fundada y respetando el debido proceso.
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