GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en FAMELLI SILVIA HILDA;ALVAREZ SUSANA ESTER;ARAMAYO ALEJANDRO JORGE;DEGLIUOMINI ELIDA EMILIA;FAMA ANDRES;FIORESTA JUAN BAUTISTA;MASZTALER FRANCISCA ELSA;ALEGRE LUIS ALBERTO CONTRA GCBA POR EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) - EMPLEO PUBLICO-
La queja por denegatoria del recurso de inconstitucionalidad en demanda de diferencias salariales en empleo público fue rechazada; el tribunal consideró que no se evidencian cuestiones constitucionales o de arbitrariedad en la resolución de la Cámara.
- Quién demanda: el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA).
- A quién se demanda: la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo.
- Qué se reclama: la revocación de la denegatoria del recurso de inconstitucionalidad contra la sentencia que admitió parcialmente la demanda, en particular por la capitalización de intereses basada en el art. 770 inc. b) del CCyCN.
- Qué se resolvió: el Tribunal rechazó la queja del GCBA, confirmando que la resolución de la Cámara no infringió derechos constitucionales ni vulneró principios de legalidad o debido proceso, ya que se fundamentó en cuestiones de hecho, prueba y la interpretación de normas infraconstitucionales.
- Fundamentos principales:
"Corresponde rechazar la queja, por no mostrar que se encuentre comprometida una cuestión constitucional (art. 113.3 CCBA) o federal (CSJN, Fallos 311:2478) que guarde relación directa con lo resuelto. La decisión recurrida —que rechazó la apelación del GCBA— encontró apoyo en cuestiones de hecho y prueba, y en la interpretación de normas de jerarquía inferior a la constitución —art. 770, inc. b) del CCyCN—, materias ajenas, por regla, al recurso intentado, que tampoco muestra que lo decidido resulte insostenible."
"Los agravios —tal como han sido planteados— no critican adecuadamente los fundamentos dados por la Cámara al denegar el recurso intentado: que no se verificaba en autos la concurrencia de un caso constitucional, toda vez que se dirigían a cuestionar la interpretación asignada a cuestiones de hecho, prueba y normativa infraconstitucional."
"Por lo demás, los agravios del demandado en torno a la aducida arbitrariedad, sólo ponen en evidencia su disconformidad con la solución alcanzada en tanto le fue desfavorable, pero ello no resulta suficiente para considerarlo un error grosero susceptible de descalificar la validez de la sentencia."
"Por lo expuesto, corresponde rechazar la queja deducida por el GCBA."
- La jueza Inés M. Weinberg agregó que las cuestiones planteadas son análogas a fallos previos y que la interpretación de la normativa infraconstitucional (art. 770 inc. b del CCyCN) no configura un caso constitucional, por lo cual la queja debe ser rechazada por falta de fundamentación y por no existir arbitrariedad en la resolución.
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