FCG s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en FCG CONTRA GCBA SOBRE AMPARO - HABITACIONALES
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires rechaza la queja contra la denegatoria del recurso de inconstitucionalidad en un caso de acción de amparo por derecho a la vivienda. La resolución se fundamenta en que los planteos invocados remiten a cuestiones de hecho y prueba, no a cuestiones constitucionales o federales.
- Actor: FCG (persona que interpuso la queja y recurso de inconstitucionalidad)
- Demandado: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)
- Objeto de la demanda: obtención de una propuesta concreta de alojamiento que garantice su derecho a la vivienda, en contexto de vulnerabilidad por problemas de salud, discapacidad, desnutrición y falta de red de contención social o familiar.
- Decisión del tribunal: La queja es rechazada por improcedente, dado que los planteos formulados remiten a cuestiones de hecho y prueba, y no a cuestiones constitucionales o de derechos fundamentales que habiliten la vía extraordinaria. La resolución de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de consumo, que denegó el recurso de inconstitucionalidad, se mantiene.
- Fundamentos principales:
La jueza Weinberg señala que: “la queja ha sido interpuesta en tiempo y forma —art. 32 de la ley 402— no obstante debe ser rechazada por no rebatir en forma suficiente el auto denegatorio del recurso de inconstitucionalidad intentado, así como tampoco acreditar que los planteos vertidos configuren un genuino caso constitucional”.
Además, destaca que “los planteos relativos a las patologías de salud que padecería la actora y que la harían, a su entender, merecedora de una vivienda en comodato social, traducen una discrepancia con el pronunciamiento emitido, que a partir de las diversas circunstancias valoradas condenó al GCBA a presentar una propuesta para hacer frente a la obligación de brindar un alojamiento adecuado”.
La sentencia cita que “las cuestiones de hecho y prueba bajo el análisis de normas infraconstitucional no corresponden a esta instancia”, y que “tampoco logran evidenciar deficiencias lógicas o de fundamentación en el pronunciamiento atacado que impidan considerarlo como una ‘sentencia fundada en ley’”.
La jueza Lozano también coincide en que los agravios no comprometen una cuestión constitucional ni federal, y que la resolución de la Cámara de apelación no vulnera derechos constitucionales en la forma alegada.
La jueza C. Ruiz, en su voto, destaca que la demanda propone una cuestión constitucional relacionada con el derecho humano a una vivienda adecuada, y que la resolución de la Cámara restringe derechos constitucionales sin un análisis integral, sugiriendo que la obligación del Estado de garantizar el derecho a la vivienda debe ser plena y efectiva, en línea con estándares internacionales
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: