GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en HERNÁNDEZ, JOSÉ AMÉRICO CONTRA GCBA SOBRE AMPARO - EMPLEO PUBLICO-OTROS
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires rechaza la queja del GCBA contra la sentencia que hizo lugar a la demanda por diferencias salariales en empleo público. La decisión se fundamenta en que no se acreditan irregularidades en la valoración de la prueba ni arbitrariedad en la resolución.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Daniel Leopoldo Rodríguez, demanda al GCBA para que se le reconozcan diferencias salariales por realizar tareas iguales a las de empleados en categoría superior, en virtud de la igualdad de remuneración por igual tarea. La sentencia de primera instancia, confirmada por la Cámara, consideró que la prueba demostraba que el actor desempeñaba funciones similares a otros agentes encasillados en categoría superior, en un contexto de encasillamiento en función de tareas efectivamente cumplidas. El GCBA interpuso recurso de inconstitucionalidad alegando la falta de un concurso público para el ascenso, y que el encasillamiento del actor se ajustaba a la normativa vigente. La Cámara, en su sentencia, denegó el recurso, argumentando la inexistencia de arbitrariedad, y que los agravios del GCBA se basaban en disconformidad con hechos y valoraciones probatorias, lo cual no constituye un caso de arbitrariedad. La Sala I del Tribunal Superior de Justicia rechazó la queja por considerar que no se acreditaba una lesión constitucional o una arbitrariedad en la decisión, y que la invocación de derechos constitucionales sin fundamentación precisa resulta insuficiente para habilitar la vía recursiva. El tribunal remarcó que la doctrina de la arbitrariedad de sentencia es estricta, y que la mera disconformidad con el razonamiento del fallo no implica arbitrariedad. Además, recordó que los agravios que implican revisión de valoración probatoria o hechos corresponden a la instancia de mérito y no a la vía extraordinaria. En consecuencia, se desestimó la queja y se afirmó la validez de la sentencia recurrida.
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