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SIGALE, HECTOR OSCAR c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

La Cámara Federal de Paraná confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó a la ANSES el recálculo y reajuste de la pensión del actor, rechazando el recurso de la parte demandada y dejando a resguardo la posibilidad de replantear cuestiones de liquidación, fundamentando que la declaración de inconstitucionalidad de normas aplicadas tiene sustento en precedentes de la Corte Suprema y en principios constitucionales.

Recurso de apelacion Inconstitucionalidad Indice isbic


¿Quién es el actor?

Héctor Oscar Sigale

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES)
- Objeto de la demanda: Reajuste y movilidad de haberes previsionales
- Decisión del tribunal: La Cámara confirmó la resolución de primera instancia que ordenó a la ANSES el recálculo del haber inicial del actor conforme los precedentes "Makler", "Elliff" y "Blanco" del Máximo Tribunal, y la movilidad según las fórmulas establecidas por las leyes 26.417, 27.426 y 27.609. Además, declaró la inconstitucionalidad de la resolución Res. 2-E/2018 SSS, en cuanto conlleva la inaplicabilidad del índice ISBIC para aportes en relación de dependencia hasta febrero de 2009, y del art. 3 del DNU 157/2018. La sentencia dejó a resguardo el derecho del actor a replantear la cuestión en la etapa de liquidación. La decisión se fundamenta en que la Corte Suprema ha ratificado la validez de aplicar el índice ISBIC para la actualización de aportes en relación de dependencia anteriores a febrero 2009, y en que la declaración de inconstitucionalidad de normas específicas requiere un análisis en etapa de liquidación, no en la presente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sentencia cita precedentes de la CSJN que validan la utilización del índice ISBIC, y que las normas que contradicen dicha utilización son inconstitucionales, en particular, la resolución Res. 2-E/2018 y el art. 3 del DNU 157/2018. Se destaca que la etapa procesal actual no permite determinar si los efectos de dichas normas producen perjuicios concretos al actor, por lo que se deja a resguardo su derecho a replantear la cuestión en la liquidación. La sentencia también reafirma que la declaración de inconstitucionalidad de las normas que limitan los topes en las remuneraciones debe analizarse en etapa de liquidación, y que los agravios relacionados con la declaración de inconstitucionalidad del art. 25 de la ley 24.241 y la aplicación del precedente "Makler" son rechazados por carecer de fundamento en la etapa actual.

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