.................... S/ LESIONES CULPOSAS GRAVES OCASIONADAS POR LA CONDUCCION IMPRUDENTE Y NEGLIGENTE DE UN VEHICULO AUTOMOTOR EN GRAL LAS HERAS (B)".
La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Mercedes confirmó la condena impuesta a J.C.B. por lesiones graves culposas, sosteniendo la valoración de la prueba y la conducta imprudente del imputado como suficiente para mantener la sentencia condenatoria.
El imputado J.C.B. fue condenado en primera instancia por conducción imprudente y negligente de vehículo, que provocó lesiones a una adolescente en bicicleta. La defensa apeló argumentando que la sentencia se basó en reconstrucciones sin pruebas concluyentes, y que no se acreditó culposidad o imprudencia concreta. La sala analizó las declaraciones de las testigos, que coincidieron en que el accidente ocurrió en la intersección cuando el camión, conducido por B., realizó una maniobra que impactó a las víctimas. La sentencia consideró que, aunque no se demostrara velocidad excesiva, se violaron las reglas de tránsito y se presumen responsables las infracciones relacionadas con el accidente, según la Ley 24.449. La conducta del conductor del camión, sumada a la naturaleza del hecho, fundamenta la responsabilidad por lesiones culposas. La Cámara entendió que la conducta imprudente fue acreditada por la acumulación de indicios y que las alegaciones de la defensa no desvirtuaron la responsabilidad, por lo que confirmó la condena. La pena de un año de prisión en suspenso fue considerada acorde con los hechos y la escala penal.
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