VELAZQUEZ ERMELINDA LIDIA C/ LA SEGUNDA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE IN-ITINERE
La Cámara del Trabajo N°3 de Zárate-Campana declaró la caducidad de la instancia por inacción prolongada de la parte actora, en virtud del artículo 11 de la Ley 15.057, tras un período de más de seis meses sin actividad procesal, confirmando la improcedencia de continuar con el proceso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Velázquez Ermelinda Lidia, inició un proceso contra La Segunda Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. por un accidente in-itinere. El tribunal, tras constatar más de seis meses sin actividad procesal por parte de la actora y tras intimación formal, declaró la caducidad de la instancia conforme al artículo 11 de la Ley 15.057. La Dra. Daniela S. Metta fundamentó que la caducidad es un instituto para sancionar la inacción del litigante, y que en este caso, la parte actora no reactivó el proceso en el plazo establecido. Las Dras. Mariana L. Lirusso y Jorgelina Hidalgo adhieren a la sentencia y sus fundamentos. El tribunal dispuso el archivo de las actuaciones y la notificación electrónica. La decisión se basa en la normativa aplicable y en la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires (SCBA, L120303 S. 27-05-2020).
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