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DIAZ LEONARDO ANGEL C/ ECKERDT JOSE LUIS y otro/a S/ DESPIDO

La sentencia de primera instancia reconoce la existencia de relación laboral entre el actor y los demandados, condenándolos a pagar la indemnización y demás conceptos reclamados, fundamentando que la relación laboral no fue registrada y que los despidos fueron indirectos, confirmando así la procedencia del reclamo.

Indemnizacion Prueba testimonial Condena Relacion laboral Interes moratorio Despido indirecto Derechos laborales Ley 15.057 No registracion Prueba publica

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Leonardo Ángel Díaz, demanda por despido contra los demandados José Luis Eckerdt y Darío Pablo Ruitiña, alegando que trabajó en la embotelladora "Aguas Halcón" desde el 6/11/2018 hasta el 8/8/2019 como ayudante repartidor, en relación de dependencia sin registración formal. La demandada niega la existencia de vínculo laboral y presenta excepción de falta de legitimación pasiva, pero la prueba testimonial, especialmente la declaración del testigo Silva, ratifica la existencia de la relación laboral y las tareas desempeñadas. La sentencia concluye que quedó probado que entre las partes existió una relación laboral, que el contrato no fue registrado, y que el despido fue indirecto, por lo que se condena a los demandados a pagar la suma de $146.820 en concepto de indemnizaciones, haberes y multas. Se rechazan los reclamos por diferencias salariales por falta de precisión en la demanda. La sentencia también dispone la liquidación de intereses en base a la tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires y un interés puro anual del 6%, y ordena el pago directo en cuenta bancaria del actor, imponiendo costas a los demandados vencidos.

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