ALMADA KAREN ANAHI C/ ASOCIART ART S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
La Cámara de Trabajo de General San Martín confirmó la resolución que rechazó la incapacidad laboral de Almada Karen Anahí tras el accidente de trabajo del 18/07/23, sosteniendo que no se acreditaron secuelas incapacitantes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, Almada Karen Anahí, demandó a ASOCIART ART S.A. por la determinación de incapacidad derivada de un accidente laboral ocurrido el 18/07/23, en el cual sufrió politraumatismos tras resbalarse de una escalera metálica.
- La aseguradora, representada por la Dra. Galinovsky, reconoció la denuncia del siniestro y brindó prestaciones médicas, pero impugnó la incapacidad y la liquidación practicada, solicitando el rechazo de la acción.
- La Comisión Médica N° 38 de San Martín dictaminó que la trabajadora no poseía incapacidad vinculada a la contingencia del 18/07/23, en base a que no se acreditaron secuelas incapacitantes. La sentencia confirmó dicha resolución, sustentando que "no se ha acreditado en autos la existencia de las secuelas incapacitantes consecuencia de la contingencia denunciada". La Cámara sostuvo que "el recurso interpuesto no puede prosperar en atención que no se ha acreditado en autos la existencia de las secuelas incapacitantes".
- Se impusieron costas a la parte actora, y se reguló honorarios a favor de las partes y perito médico.
- La conclusión fue que la incapacidad no fue acreditada, por lo que se confirmó el fallo administrativo que desestimó la existencia de incapacidad.
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