CARDOZO EMANUEL ALEJANDRO C/ GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
La Cámara de Trabajo de General San Martín confirmó la sentencia que reconoció la incapacidad del actor y ordenó el pago de indemnización por accidente laboral en un 11.2%. La decisión se basó en la prueba pericial que determinó la incapacidad y en la procedencia de la demanda por cobertura del art. 14 de la ley 24.557.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Emanuel Alejandro Cardozo, demanda a Galeno A.R.T. por una incapacidad psicofísica del 11.2% derivada de un accidente in itinere ocurrido el 6/6/2023 mientras trabajaba para Pirelli Neumáticos SAIC. La demandada reconoció el hecho pero negó la existencia de incapacidad y solicitó el rechazo de la acción. La sentencia de primera instancia declaró la existencia de incapacidad permanente y parcial del 11.2% vinculada causalmente con el accidente, y condenó a la aseguradora al pago de la indemnización por la suma de $16.553.866,67, considerando la incapacidad y el valor ingreso base actualizado. Fundamentos principales:
- La pericia médica producida en autos determinó una incapacidad del 18.25%, de la cual se descontó un 3% en concepto de incapacidad psicológica, concluyendo que el actor presenta una incapacidad total del 11.2%.
- La valoración de la prueba pericial fue ratificada, rechazando las impugnaciones de la parte demandada que pretendían enervar el informe.
- La causa del accidente fue aceptada como in itinere, y la relación causal fue acreditada.
- La ley 24.557 resulta aplicable en la especie, y la suma indemnizatoria se calculó conforme a la fórmula del art. 14 y las tarifas vigentes.
- La condena incluye intereses por mora y costas a cargo de la demandada. La Cámara confirmó la decisión de primera instancia en todos sus términos.
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