SERANTES MARISA EDITH C/ INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL (IPS) S/ AMPARO POR MORA
La Cámara ordena a la Administración que cumpla con la resolución administrativa en un plazo de 15 días, por mora en resolver solicitud de beneficios jubilatorios, reafirmando la protección del derecho a una pronta respuesta y la legalidad del procedimiento administrativo.
¿Quién es el actor?
Serantes Marisa Edith
¿A quién se demanda?
Instituto de Previsión Social (IPS)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Orden de pronto despacho por mora en resolver la solicitud administrativa de reconocimiento de beneficios jubilatorios, específicamente la rectificación del art. 2 de la resolución que concede el beneficio, respecto de la bonificación por jornada completa.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la acción de amparo por mora, condenando al IPS a resolver en 15 días la solicitud administrativa presentada por la actora, por incumplimiento del plazo legal y del deber de resolver. La sentencia destaca que la finalidad del proceso de amparo por mora es únicamente asegurar el pronto despacho y que la demora no justificada vulnera garantías constitucionales y principios administrativos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Este proceso especial previsto en el art. 76 del CCA se circunscribe a determinar si existió mora en el accionar de la Administración, resultando por ello improcedente pronunciarse sobre aspectos de fondo que distan del fin encomendado a esta acción." "El plazo en el cual la autoridad demandada debió resolver la petición de la parte actora se encuentra vencido, lo que configura incumplimiento de los plazos administrativos establecidos en el decreto-ley nº 7.647/70." "El incumplimiento del deber de pronunciarse en forma expresa y fundada frente al pedido presentado, resulta violatorio de la garantía de defensa, que se integra con el derecho a obtener una decisión, no sólo fundada, sino también oportuna." "Por ello, corresponde hacer lugar a la pretensión de amparo por mora deducida, condenando a la autoridad demandada a expedirse en 15 días." "Las costas se imponen a la demandada en su condición de vencida." "Se regula honorarios a favor del profesional actuante, en la suma de cinco IUS, más aportes previsionales y demás conceptos fiscales." "Procédase a la apertura de cuenta judicial y notificación automatizada."
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