QUESADA JOSE LUIS ARIEL C/ AGUAS DE ORIGEN S.A. S/ REINSTALACION (SUMARISIMO)
El Tribunal del Trabajo Homologa la transacción que da por terminado el juicio principal y el reclamo acumulado, confirmando la validez y legalidad del acuerdo alcanzado entre las partes, con fundamento en la voluntad expresa, capacidad y ausencia de vicios en el acto, y en la conformidad con la legislación vigente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El tribunal analiza la validez de la transacción celebrada por las partes en la audiencia del 6/8/25, señalando que "la citada transacción ha sido celebrada por las partes plenamente capaces, en ejercicio de su voluntad expresada libremente, no teniendo la misma a la vez por objeto un título nulo ni contraria leyes de orden público". Además, se afirma que "se ha alcanzado en la misma una justa composición de los derechos e intereses de las partes" y que la homologación es la confirmación judicial que hace que los actos y convenciones sean más 'firmes', 'ejecutivas' y 'solemnes". En consecuencia, se decide homologar la transacción y dar por finalizados ambos procesos, con las cláusulas reproducidas en el acta de audiencia, imponiendo costas a la parte demandada, y regulando honorarios profesionales y de peritos conforme a la legislación aplicable. La sentencia también destaca que "la homologación es la confirmación que da el Juez a ciertos actos y convenciones para hacerlas así más 'firmes', 'ejecutivas', 'solemnes'".
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