PARACHE DAIANA GISELLE C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.U. S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
La sentencia regula los honorarios de la abogada en un expediente administrativo, estableciendo la suma de 77,71 jus, equivalente al 18,75% del monto del acuerdo, sin costas y con pago en 10 días. La decisión confirma la liquidación de honorarios en base a la normativa vigente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demandante, Dra. Parache Daiana Giselle, solicita la regulación de honorarios por su actuación en un expediente administrativo relacionado con divergencias en la determinación de incapacidad ante la Comisión Médica N° 125 de Dolores. El tribunal propone y dicta la regulación en 77,71 jus, equivalente al 18,75% del acuerdo administrativo, sin imposición de costas por falta de contradicción. La decisión se fundamenta en los arts. 44 inc. "b" de la ley 14.967 y otras normas aplicables, considerando que la suma corresponde por la actuación profesional en el expediente. La resolución también ordena el pago por parte de la demandada, la Federación Patronal Seguros S.A.U., en el plazo de diez días y deja constancia de la notificación electrónica. La mayoría de los jueces adhieren al voto del juez Hernández y confirman la liquidación de honorarios. No existe disidencia relevante en los fundamentos.
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