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COUSELO MARCELO FABIAN C/ PROVINCIA ART S.A. S/ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

La homologación de la transacción por acuerdo de partes en un proceso laboral. La Cámara confirma la validez de la transacción y ordena su homologación, imponiendo costas a la parte demandada y regulando honorarios profesionales y peritajes.

Costas Honorarios Transaccion Peritajes Homologacion Acuerdo de partes Proceso laboral Jurisdiccion laboral Fin del proceso Derechos y obligaciones.

¿Qué se resolvió en el fallo?

El tribunal del trabajo homologó la transacción celebrada por las partes en autos, la cual pone fin al proceso judicial. La decisión se fundamenta en que la transacción fue celebrada por partes plenamente capaces, en ejercicio de su voluntad, sin objeto de nulidad ni contraria a leyes de orden público. “La homologación es la confirmación que da el Juez a ciertos actos y convenciones para hacerlas así más ‘firmes’, ‘ejecutivas’, ‘solemnes’” (cita Escriche). Además, el tribunal señala que “se ha alcanzado en la misma una justa composición de los derechos e intereses de las partes” (SCJBA, LP L 87983 S 26/12/2012). La homologación implica que los efectos del acuerdo se consolidan y se ordena la liquidación de honorarios y costas, además de registrar los pagos a los peritos en los montos establecidos. Se destaca que la parte demandada, Provincia ART S.A., soportará las costas del proceso. La sentencia también regula los honorarios profesionales y los aportes de los peritos, ajustados a la normativa vigente y a las etapas procesales. “Los honorarios a cargo del mandante o patrocinado quedarán firmes a su respecto si la notificación se hubiere practicado en su domicilio real” (art. 54 ley 14.967).

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