GIMENEZ DOLORES C/ PROVINCIA ART S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
El tribunal anuló el acuerdo de pago homologado por error en el diagnóstico de incapacidad y ordenó el pago de la indemnización total por accidente laboral, justificando la nulidad por vicio en la voluntad y valorando correctamente las pruebas médicas y psicológicas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demanda fue promovida por Dolores Giménez contra Provincia ART S.A., reclamando una indemnización por accidente de trabajo ocurrido el 17/10/23, por un monto superior al reconocido en la instancia administrativa (33,5% de incapacidad). La actora cuestiona la validez del acuerdo homologado, alegando error en el diagnóstico de incapacidad, particularmente en la evaluación de la secuela de eventración y en las secuelas psicológicas, que en su opinión, fueron subestimadas o no reconocidas inicialmente. El tribunal analizó las pruebas periciales médicas y psicológicas, concluyendo que existió un error en el diagnóstico de la incapacidad, especialmente en la omisión de la secuela de eventración abdominal, que fue demostrada posteriormente con estudios complementarios. Se consideró que dicho error fue esencial y que, además, la actora había sido inducida a error en la instancia administrativa por un diagnóstico médico incorrecto, por lo que la homologación del acuerdo quedó viciada y debe ser declarado nula. El tribunal también analizó la validez del acuerdo bajo la doctrina de la cosa juzgada administrativa y la posible existencia de vicio en el consentimiento, concluyendo que en este caso, el error en el diagnóstico constituye un vicio que permite la nulidad del acto. Como consecuencia, se ordenó el pago de la totalidad de la indemnización reclamada, actualizada con intereses compensatorios y moratorios, y se reguló el pago de honorarios y costas en consecuencia. Fundamentos principales: "El diagnóstico médico y psicológico fue mezquino, lo que indujo a su parte a suscribir el acuerdo en base a una información equivocada, todo lo cual derivó de la falta de asesoramiento médico y psicológico, lo que hizo que ese error haya sido irreconocible para la trabajadora... El error en el diagnóstico de la secuela de eventración fue esencial y vicio la voluntad de la actora, invalidando el acuerdo homologado" (considerando III del fallo). Se resalta que la diferencia entre el porcentaje de incapacidad reconocido inicialmente (33,5%) y el total determinado tras las pericias (54,725%) supera el 60%, reforzando la nulidad por error esencial. Las pericias médicas y psicológicas demostraron que la secuela de eventración
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