MAYA MALVINA SOLEDAD C/ GALENO ART S/ MATERIA A CATEGORIZAR
La Cámara de Primera Instancia en lo Laboral de Trenque Lauquen resolvió hacer lugar a la demanda de regulación de honorarios profesionales en favor de la Dra. Malvina Soledad Maya, vinculada a actuaciones administrativas ante la Comisión Médica N° 142, y ordenó a GALENO ART S.A. abonar los honorarios regulados, rechazando la eximición solicitada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La acción fue promovida por la Dra. Maya en su propio derecho, reclamando la regulación de honorarios por su intervención en el expediente N° 195229/22, relacionado con un trámite ante la Comisión Médica N° 142 de Trenque Lauquen. La demandada, Galeno ART S.A., negó la relación y solicitó el rechazo del reclamo, argumentando inoficiosidad y la falta de un monto definido. La Cámara analizó la normativa aplicable, destacando que los honorarios por actuaciones en sede administrativa en materia laboral deben ser regulados por el tribunal, y que la intervención del letrado fue indispensable para que el trabajador pudiera continuar su trámite. La sentencia fundamentó que la ley 14.967 y la jurisprudencia establecen que los honorarios en estos casos deben ser regulados en función de las tareas realizadas y los montos previstos en la normativa arancelaria, en este caso, 10 JUS por las actuaciones administrativas. La decisión enfatiza que la intervención del profesional en la instancia administrativa es obligatoria y que su pago debe realizarse en los términos previstos por la ley, rechazando la exención peticionada. La sentencia también impone costas a la parte vencida y regula los honorarios profesionales, ordenando el pago en un plazo de 10 días.
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