ESPINDOLA MARIO EDUARDO C/ SALVATTI LEANDRO ADRIÁN S/ DESPIDO
La sentencia condenó al demandado a pagar una indemnización millonaria por despido incausado, reconociendo la relación laboral y la antigüedad del actor, además de ordenar la entrega de certificados laborales y el pago de costas. La resolución se fundamenta en la acreditación de la relación laboral y el incumplimiento del empleador.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La demanda fue promovida por Mario Eduardo Espindola contra Leandro Adrian Salvatti por despido.
- La parte actora acreditó que comenzó a trabajar en septiembre de 2016 y que fue despedido en febrero de 2024, reclamando diversas indemnizaciones y rubros laborales.
- El tribunal consideró probado el ingreso en 2016 y la relación laboral efectiva, rechazando las versiones contrarias del empleador.
- Se acreditó el incumplimiento del empleador en registrar la relación y pagar las diferencias salariales, además de que el trabajador sufrió un ACV y se encontraba postrado, lo que justifica el despido por injuria.
- La sentencia ordenó el pago de más de 12 millones de pesos en conceptos indemnizatorios, además de la entrega de certificados laborales y costas.
- Se fundamenta en la prueba documental, testimonial y en doctrina legal sobre la injuria por negativa de registrar la relación laboral y la procedencia de las indemnizaciones por despido incausado, considerando también la inconstitucionalidad relativa del índice IPC y optando por el índice RIPTE para reajustar la suma.
- La decisión fue unánime y fundamentada en la acreditación de los hechos, la normativa laboral aplicable y doctrina jurisprudencial.
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