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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ SCAZZARIELLO CARLOS ANDRES Y OTRA S/ APREMIO

Sentencia de trance y remate en ejecución fiscal por deuda de $237.600. El tribunal ordena el pago íntegro por parte de los ejecutados, con costas, y difiere la regulación de honorarios hasta la liquidación definitiva.

Intereses Costas Notificacion Ejecucion fiscal Domicilio legal Deuda tributaria Trance y remate Perdida del derecho Ley 10.397

¿Qué se resolvió en el fallo?

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires demanda a Carlos Andres Scazzariello y Carla Lorena Scazzariello por una deuda de $237.600, más intereses desde la interposición de la demanda. La causa se tramita en un proceso de ejecución fiscal, y el tribunal, tras constatar la notificación en los domicilios fiscales constituídos y el vencimiento del plazo para oponer excepciones legítimas, decide darle por perdido el derecho dejado de usar. Con base en el artículo 104 del Código Fiscal, ordena el pago del monto reclamado, más intereses, y dispensa la regulación de honorarios hasta la liquidación final. Además, se constituye el domicilio en los estrados del juzgado, notificándose a las partes por ministerio de ley. Fundamentos principales: "Atento al estado de estas actuaciones, siendo que la parte demandada fue notificada en sus domicilios fiscales constituidos, ambos, sitos en calle Almafuerte N° 2664 de la ciudad de San Pedro en la Provincia de Buenos Aires (art. 32 del Código Fiscal de la Pcia. de Bs. As., Ley 10.397, texto según Ley 14.333) sin que haya opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido; procede darle por perdido el derecho dejado de usar y dictar este pronunciamiento (arts. 7, 9 Ley 13.406, 155 y 549 C.P.C.C.)." Asimismo, "la deuda que resulta del título ejecutivo base de este apremio, y lo dispuesto por los arts. 104, 168 y concs. del Código Fiscal Ley 10.397, texto ordenado año 2.011." En cuanto a la decisión: "Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto los ejecutados hagan al acreedor Fisco de la Provincia de Buenos Aires, íntegro pago del capital reclamado de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS ($237.600), con más sus intereses desde el momento de la interposición de la demanda y hasta el del efectivo pago." Se dispuso además la difereción de honorarios y la constitución del domicilio en los estrados del juzgado, conforme a la ley.

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