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CESYT SA S/ SUSTRACCION, PERDIDA ,DESTRUCCION LIBROS DE REGISTRO

El juez hizo lugar a la acción de denuncia de extravío del Libro de Registro de Acciones y ordenó la confección de un nuevo libro para la sociedad CESYT SA. La decisión se fundamentó en la presentación del representante y en el cumplimiento de los requisitos legales y procesales.

Derecho societario Proceso civil Sociedad anonima Provincia de buenos aires Denuncia de extravio Documentacion societaria Libro de registro Ley 14.967 Registro de acciones Constitucion de nuevo libro

¿Qué se resolvió en el fallo?

La parte actora, Juan Pablo Barbon en representación de CESYT SA, denunció el extravío del Libro de Registro de Acciones N° 1, que contenía la nómina de accionistas de la sociedad. Solicita la confección y rúbrica de un nuevo libro ante la Dirección Provincial de Personas Jurídicas, justificando la pérdida y fundamentando su derecho. El tribunal, tras considerar el estado de autos, la publicación de edictos y el dictamen de la perito contadora, resolvió hacer lugar a la acción. La sentencia dispuso que se tenga por cumplido lo ordenado, ordenando la confección y rúbrica de un nuevo libro, con costas a cargo del accionante, y postergando la regulación de honorarios. La fundamentación legal incluyó los arts. 1876 a 1879 del Código Civil y Comercial de la Nación, el art. 216 de la Disposición General N° 45/2015 de la Dirección de Personas Jurídicas, y arts. 384 y 823 del CPCC.

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