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ARDENGUI SUSANA MABEL C/ INSTITUTO DE PSICOPATOLOGIA DEL SUR S.R.L. S/ EJECUCION MULTAS PROCESALES Y ASTREINTES

Homologación de convenio y regulación de honorarios en expediente de ejecución por multas procesales y astreintes. La Cámara homologó el acuerdo entre las partes y fijó honorarios a profesionales, además de ordenar el pago de tasas y contribuciones, con advertencias en caso de incumplimiento.

Regulacion de honorarios Notificacion Honorarios profesionales Astreintes Homologacion de acuerdo Incumplimiento. Ley 14.967 Tasas de justicia Art. 308 cpcc Ejecucion multas procesales

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, ARDENGUI SUSANA MABEL, demanda a INSTITUTO DE PSICOPATOLOGIA DEL SUR S.R.L. en un proceso de ejecución de multas procesales y astreintes. La sentencia homologó un acuerdo alcanzado por las partes, que se encuentra instrumentado en autos, y dispuso que las costas sean soportadas por la demandada. Además, se fijaron los honorarios de los abogados: $800.000 para la Dra. Analia Beatriz SANCHEZ y 13 Ius para el Dr. Ariel AGINSKY, con los aportes de ley correspondientes. La base regulatoria asciende a $4.000.000 y se intimó a la demandada a acreditar en cinco días el pago de la tasa de justicia ($88.000) y contribución sobre la misma ($8.800). Se advirtió que, en caso de incumplimiento, se dará intervención a la Asesoría Pericial. El juez fundamentó que la homologación del acuerdo y la regulación de honorarios resultan procedentes, en cumplimiento del art. 308 del CPCC y conforme a la legislación vigente, sin que exista motivo para la exención de la tasa de justicia. La sentencia fue firmada electrónicamente por el Dr. Guillermo Alejandro Oyhanart.

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