ALBA MIGUEL ANGEL C/ VERARDO CLAUDIO MARTIN S/ COBRO EJECUTIVO
La sentencia rechaza la solicitud de pesificación de la deuda en dólares y la morigeración de intereses en un proceso ejecutivo por cobro de suma de U$S 8.019, determinando que las restricciones cambiarias ya no están vigentes y que los intereses no son abusivos. La ejecución se mantiene en dólares y al interés del 6% anual.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Miguel Angel Alba, demanda a Claudio Martín Verardo por el cobro de U$S 8.019, provenientes de un contrato de mutuo celebrado en marzo de 2015, en el cual el deudor se comprometió a devolver en 18 cuotas mensuales iguales de U$S 891, habiendo pagado solo nueve cuotas. La demandada opuso que la deuda debería pesificarse y que los intereses eran abusivos, solicitando además la morigeración de estos últimos. La jueza rechazó ambas pretensiones, argumentando que las regulaciones cambiarias que justificaban la pesificación ya no están vigentes y que los intereses no superan los límites razonables establecidos en el art. 771 del CCyC. Además, se señaló que la parte demandada no opuso excepciones legítimas y que, por ende, su derecho se considera abandonado. La sentencia ordena el pago del capital en dólares con intereses al 6% anual desde la mora del 2 de enero de 2016, y desestima las pretensiones de pesificación y morigeración.
Fundamentos principales:
"En los presentes autos, el ejecutado requiere la pesificación de la deuda arguyendo que la moneda extranjera no tiene curso forzoso en la República Argentina y argumenta razones de público conocimiento como lo son las restricciones impuestas por la autoridad al ingreso al mercado cambiario para la adquisición de dólares estadounidenses -moneda en la cual se suscribió el contrato de mutuo-. No se me escapa que han existido una serie de regulaciones dispuestas por el B.C.R.A. para el acceso de las personas privadas y públicas al mercado cambiario que rigen para la adquisición de moneda extranjera; tales restricciones impuestas por el Estado, no eran de aplicación automática y requerían, como paso previo, que el interesado en adquirir las divisas efectúe una solicitud ante la A.F.I.P.
- actual A.R.C.A.
- quien confiere o deniega la autorización. Lo cierto es que en la actualidad han cesado tales requisitos a los fines de la adquirir dólares estadounidenses por lo que deviene en abstracto el tratamiento del planteo formulado."
"Respecto del planteo de morigeración de intereses, corresponde aquí tomar como base lo expresado por el Art. 771 del CCyC, el cual reza... «Los jueces pueden reducir los intereses cuando la tasa fijada o el resultado que provoque la capitalización de intereses excede, sin justificación y desproporcionadamente, el costo medio
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