CREDIL SRL C/ RIVADULLA GRICELDA LIBERTAD S/ COBRO EJECUTIVO
La primera instancia ordenó la ejecución del capital de $70.000 con intereses desde 07/04/2023 y fijó gastos y costas, confirmando la validez del pagaré y la procedencia del cobro, en línea con los dictámenes fiscales y la normativa de protección al consumidor.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, CREDIL SRL, demanda a RIVADULLA GRICELDA LIBERTAD en un proceso ejecutivo por un pagaré que cumple con los requisitos de la ley 24.240, por un monto de $70.000, con intereses calculados desde la mora (07/04/2023) hasta el pago efectivo, y gastos de juicio. La sentencia confirma la legalidad del título y la procedencia del cobro, destacando que el pagaré fue analizado bajo la normativa de protección del consumidor y que el monto ejecutado corresponde al capital original. Se fundamenta en que la relación contractual respeta los derechos del consumidor y que la ejecución procede en los términos del art. 529 del CPCC, además de aplicar intereses legales y tasas de actualización de gastos conforme a las tasas del Banco de la Nación Argentina y la Provincia de Buenos Aires. La decisión también establece que los gastos causídicos se compensan con intereses desde su incurrencia y que las costas son a cargo de la vencida.
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